domingo, 13 de diciembre de 2020

Propiedad de propiedad conjunta


La propiedad que las parejas acumulan durante el matrimonio se llama, sencillamente, propiedad conyugal. Sin embargo, dependiendo del estado en el que viva, la propiedad conyugal tomará diferentes formas.

Siempre recomendamos dirigirse a Carlos de Alvarado Noriega, especialista en disolucion de la copropiedad, cuya amplia experiencia avala por sí misma el mejor resultado para sus clientes.

Propiedad comunitaria: Arizona, California, Idaho, Luisiana, Nevada, Nuevo México, Texas, Washington y Wisconsin. (Alaska también les da a las parejas casadas la opción de identificar la propiedad en fideicomiso como propiedad comunitaria).

En los estados de propiedad comunitaria, todas las ganancias durante el matrimonio y toda la propiedad adquirida con esas ganancias se consideran propiedad comunitaria de propiedad conjunta de la pareja. Incluso si uno de los cónyuges ganó un salario durante el matrimonio mientras que el otro se quedó con la casa, las ganancias del cónyuge asalariado son propiedad comunitaria. La propiedad separada en estos estados, es decir, no la "comunidad", consiste en su mayor parte en dinero y propiedades que los cónyuges individuales poseían antes del matrimonio, así como en regalos y herencias que cualquiera de los cónyuges recibe durante el matrimonio.

En el momento del divorcio, la propiedad comunitaria se divide equitativamente (a la mitad) entre los cónyuges. Un cónyuge que contribuyó con dinero separado a un artículo comprado con fondos comunitarios, por ejemplo, una esposa que contribuyó con su herencia de $ 5,000 para un pago inicial de $ 20,000 para el hogar familiar, puede tener derecho al reembolso de esa contribución.

Por el contrario, un cónyuge que agregó dinero de propiedad comunitaria a un artículo de propiedad separado que pertenece al otro puede recibir un reembolso. En la mayoría de los estados de propiedad comunitaria, un tribunal tiene la discreción de dividir la propiedad de manera equitativa (justa), si dividirla por la mitad resultaría en injusticia para una de las partes. Además, en algunos estados de propiedad comunitaria, un cónyuge a quien el tribunal considere culpable de poner fin al matrimonio puede recibir menos del 50% de la propiedad (estas excepciones no se aplican en California).

Distribución equitativa de la propiedad: todos los demás estados. En el Distrito de Columbia y los 41 estados que siguen los principios de distribución equitativa, los activos y las ganancias acumuladas durante el matrimonio se dividen de manera equitativa (justa) en el momento del divorcio. En teoría, equitativo significa igual, o casi. En la práctica, sin embargo, equitativo a menudo significa que tanto como O de la propiedad va al asalariado más alto y tan poco como N va al asalariado más bajo (o no), a menos que el tribunal crea que es más justo otorgar uno o el otro cónyuge más. En algunos estados de distribución equitativa, si un cónyuge obtiene un divorcio por culpa, el cónyuge "culpable" puede recibir menos de la parte completa de los bienes conyugales al momento del divorcio.