martes, 17 de diciembre de 2019

Patentes de plantas

La ley también prevé la concesión de una patente a cualquier persona que haya inventado o descubierto y reproducido asexualmente cualquier variedad distinta y nueva de plantas, incluidos los deportes cultivados, mutantes, híbridos y plántulas recién encontradas, que no sean plantas propagadas por tubérculos o planta encontrada en un estado no cultivado.

Las plantas propagadas asexualmente son aquellas que se reproducen por medios distintos de las semillas, como el enraizamiento de esquejes, la estratificación, la brotación, el injerto, la inarización, etc.

Con referencia a las plantas propagadas por tubérculos, para las cuales no se puede obtener una patente de planta, el término "tubérculo" se usa en su sentido hortícola estrecho como una porción corta y engrosada de una rama subterránea. Tales plantas cubiertas por el término "propagado por tubérculos" son la papa irlandesa y la alcachofa de Jerusalén.

Una solicitud de patente de planta consta de las mismas partes que otras solicitudes. El plazo de una patente de planta será de 20 años a partir de la fecha en que se presentó la solicitud de patente en los Estados Unidos o, si la solicitud contiene una referencia específica a una solicitud presentada anteriormente bajo 35 USC 120, 121 o 365 (c ), a partir de la fecha en que se presentó la solicitud más antigua.

La especificación debe incluir una descripción detallada completa de la planta y las características de la misma que distinguen la misma de las variedades conocidas relacionadas, y sus antecedentes, expresados ​​en términos botánicos en la forma general seguida en libros de texto botánicos estándar o publicaciones relacionadas con las variedades de tipo de planta involucrada (árbol de hoja perenne, planta de dalia, planta de rosa, manzano, etc.), en lugar de una mera caracterización amplia no botánica como la que se encuentra comúnmente en los catálogos de viveros o semillas. La especificación también debe incluir el origen o la paternidad de la variedad de planta que se pretende patentar y debe indicar particularmente dónde y de qué manera la variedad de planta se ha reproducido asexualmente. Se debe indicar el nombre latino del género y la especie de la planta. Donde el color es una característica distintiva de la planta, el color debe identificarse positivamente en la especificación haciendo referencia a un color designado como lo proporciona un diccionario de colores reconocido. Cuando la variedad de plantas se originó como una plántula recién encontrada, la especificación debe describir completamente las condiciones (cultivo, ambiente, etc.) bajo las cuales la plántula creció para establecer que no se encontró en un estado no cultivado.

Se concede una patente de planta en toda la planta. Por lo tanto, se deduce que solo es necesaria una reclamación y solo se permite una.

El juramento o la declaración requerida del solicitante además de las declaraciones requeridas para otras aplicaciones deben incluir la declaración de que el solicitante ha reproducido asexualmente la nueva variedad de planta. Si la planta es una planta recién encontrada, el juramento o declaración también debe indicar que la planta se encontró en un área cultivada.

Los dibujos de patentes de plantas no son dibujos mecánicos y deben ejecutarse de manera artística y competente. El dibujo debe revelar todas las características distintivas de la planta capaces de representación visual. Cuando el color es una característica distintiva de la nueva variedad, el dibujo debe ser en color. Se deben enviar dos copias duplicadas de dibujos en color. Todos los dibujos en color deben incluir un margen de una pulgada en la parte superior para las marcas de Office cuando se imprime la patente .

Las muestras de la variedad vegetal, su flor o fruto, no deben presentarse a menos que el examinador lo solicite específicamente.

La tarifa de presentación de cada solicitud de planta y la tarifa de emisión se pueden encontrar en el programa de tarifas. Para una entidad pequeña calificada, la mayoría de las tarifas se reducen a la mitad. 35 USC 41 (h) (1). Las solicitudes de patentes de plantas pueden publicarse de conformidad con el Título 35, Código de los Estados Unidos, Sección 122 (b), pero la tarifa de publicación no se reduce para las entidades pequeñas.

Una solicitud de patente de planta es el único tipo de solicitud de patente presentada en la USPTO que no se permite presentar a través de EFS-Web.

Todas las consultas relacionadas con patentes de plantas y solicitudes de patentes de plantas pendientes deben dirigirse a la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos y no al Departamento de Agricultura.

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